Acosta Ñu

Pechos de acero y corazones
Escalonaron py´a guasu
Y hasta los niños su sangre joven
Dieron en aras de Acosta Ñu.

ACOSTA ÑU

Federico Riera - Emilio Biggi

El hecho histórico

Entre los años 1865 a 1870, se desarrolló la llamada Guerra de la Triple Alianza o Guerra Guasu (Guerra Grande). Brasil, Argentina y Uruguay formaron una coalición y se enfrentaron al Paraguay.
Fue una guerra cruel, durante la cual la población masculina prácticamente desapareció, con lo que la población del país quedó reducida a mujeres, niñas, niños, ancianos. Felipe Pigna, historiador argentino, explica que “El Paraguay había quedado destrozado, diezmada su población, que pasó de unos 500.000 habitantes a 116.351, de los cuales solo el 10% eran hombres en edad de trabajar y el resto, viejos, mujeres y niños”.
El 16 de agosto se conmemora en Paraguay el Día de la Niña y el Niño. Se eligió esta fecha, ya que en el año 1869 se desarrolló uno de los acontecimientos más crueles en el marco de la Guerra Grande.
El general Bernardino Caballero se encargó de armar y vestir a un batallón de tres mil quinientos niños, junto con quinientos veteranos; una batalla que tardó toda una tarde para terminar: 3.500 niños –ningún libro de historia menciona a niñas– se enfrentaron a 20.000 hombres del ejército brasilero.
José María Rosa describe esa batalla: Acostañu, donde se excede el heroísmo: Bernardino Caballero manda una legión de niños disfrazados con barbas postizas para que el enemigo los tome por adultos y les presenten combate; seis horas resisten las cargas de la caballería brasileña, que, vengando el engaño, acabará incendiando el campo con sus oponente infantiles (Rosa, pp. 272, 2008).

La conmemoración del Día de la Niña y el Niño en Paraguay, teniendo como referencia la batalla de Acosta Ñu, debe recordarnos permanentemente que la presencia de niños, niñas, adolescentes en las guerras debe rechazarse.
La Batalla de Acosta Ñu se ha constituido en una de las muestras más claras de utilización de los niños como objeto de propiedad, al ser expuestos a pelear en una guerra sin condiciones de sobrevivir.
Es importante que todas las niñas, niños y adolescentes en nuestro país y en el mundo sean considerados sujetos de derecho.
 

La realidad actual

Durante muchos años, el servicio militar obligatorio generó situaciones donde niños y adolescentes eran reclutados a pesar de no contar con la edad establecida en la ley. Esos niños y adolescentes permanecían en los cuarteles, donde recibían malos tratos y algunos encontraron la muerte.
Según la definición de las Naciones Unidas, las niñas y los niños soldados son aquellos que tienen menos de 18 años y fueron movilizados por situaciones de guerra o por fuerzas armadas irregulares. En este concepto también se incluyen a las niñas y adolescentes explotadas sexualmente por los grupos armados o fuerzas armadas irregulares.
Ampliando el concepto, se incluye además a las personas menores de 18 años que han sido reclutadas de manera involuntaria por grupos armados, milicias o ejércitos rebeldes, para que combatan en los principales conflictos armados del mundo.
Así como en la batalla de Acosta Ñu murieron 3.500 niños soldados, en el Paraguay actual todavía tenemos niños y adolescentes que fueron reclutados en forma obligada a ingresar a las fuerzas armadas y allí murieron. Según datos del SERPAJ-Py (Servicio de Paz y Justicia), desde 1989, al menos 110 niños y adolescentes han muerto en los cuarteles en diversas situaciones.
En el año 2009, en un hecho histórico, el Estado paraguayo reconoció su responsabilidad en la desaparición forzosa de dos niños soldados de 14 años de edad, hecho ocurrido en 1998, cuando fueron reclutados de manera ilegal en el servicio militar y desaparecieron mientras estaban bajo la custodia del Ejército en un cuartel del Chaco paraguayo. Sucedió cuando funcionarios del Ejército reclutaron a los dos niños sin pedir permiso a sus familiares y alterando su edad en documentos oficiales, de modo que simularan que tenían el mínimo requerido de 16 años.

En febrero de 1998, los niños desaparecieron del cuartel donde estaban, sin que hasta ahora se conozca su paradero y sin que sus familiares reciban explicaciones satisfactorias. La denuncia, la tercera de su tipo contra el Estado paraguayo, fue presentada a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en octubre de 2000, y fue admitida en octubre de 2003.
En nuestro país hay una Asociación de Familiares de Víctimas del Servicio Militar (Afavisem), que está integrada sobre todo por madres de niños desparecidos durante el servicio militar.
La objeción de conciencia es un derecho garantizado en la Constitución Nacional, que en el artículo 37 expone: “Se reconoce la objeción de conciencia por razones éticas o religiosas, para los casos en que esta Constitución y la ley la admitan”. “Quienes declaren su objeción de conciencia prestarán servicio en beneficio de la población civil, a través de centros asistenciales designados por ley y bajo jurisdicción civil. La reglamentación y el ejercicio de este derecho no deberán tener carácter punitivo ni impondrán gravámenes superiores que los establecidos para el servicio militar” (Art. 129 párrafo 5º).
Ese marco normativo posibilitaba que mujeres y hombres que no estaban de acuerdo con realizar el servicio militar o con la propuesta de una sociedad militarizada puedan no realizarlo. Sin embargo, en el año 2010 el Parlamento aprobó la Ley 4013, en expresa violación de la Constitución. Vidal Acevedo, miembro de SERPAJ-Py, señaló que “los jóvenes que se declaran objetores lo hacen no solamente por un fundamento político, filosófico o religioso, sino por una profunda convicción política de no estar empuñando las armas y no estar aportando para una situación en donde se generen más injusticias”.
La búsqueda de una patria pasa también por la construcción de una sociedad de paz, sin guerras, sin armas, donde los recursos utilizados en las fuerzas armadas sean destinados para garantizar los derechos de niñas, niños y adolescentes a la salud, la educación, a la alimentación, entre otros.